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El objetivo final no es otro que aglutinar los esfuerzos de todos los sectores de la comunidad escolar, y de la sociedad en general, para la consecución del éxito educativo para todo el alumnado extremeño que cursa la ESO y que cada centro habrá de concretar, en un lógico afán de superación para mejorar, tomando como referencia los resultados obtenidos en el curso anterior. Se hace preciso, pues, desarrollar las medidas que han de tomarse para el desarrollo de los planes de actuación en los procesos de recuperación y del citado Plan específico de refuerzo, dirigidos a este alumnado en riesgo de suspender en junio, así como el calendario conducente a la realización de las pruebas extraordinarias.
El grupo de profesores de cada curso, al finalizar la segunda evaluación del curso 2010/2011, y a la vista de los resultados obtenidos hasta ese momento, determinará el alumnado que está en fundado riesgo de tener que realizar las pruebas extraordinarias en el mes de junio, circunstancia que será comunicada por los medios que considere el centro al alumnado y a sus familias.
Dicho Plan específico irá orientado igualmente a la recuperación de los aspectos básicos pendientes y a adquirir los previstos para el tercer trimestre, que figuran en las correspondientes programaciones didácticas, determinados por su relación con las competencias básicas en cada una de las materias fundamentales.
El alumnado del Plan específico recibirá clases de refuerzo en las materias que precise de entre las cinco siguientes: Lengua castellana y literatura, Matemáticas, Inglés, Física y Química y Biología y Geología. Excepcionalmente, se podrá sustituir una materia de entre las de Inglés, Física y Química o Biología y Geología por otra que considere el equipo directivo del centro, previa autorización del Servicio de Inspección.
El alumnado que participe en el Plan asistirá un día a la semana a las clases de refuerzo, que se impartirán en el propio centro, en la medida de lo posible, también un día a la semana. El horario será de tarde - comprendido entre las 16’00 y las 20’00 horas – y según el calendario que establezca el propio centro en su Plan específico.
Así mismo, la Administración garantizará, mediante el abono de las cantidades correspondientes a los propios centros, los servicios gratuitos de transporte y de comedor escolar para el alumnado que resida fuera de la localidad del centro. Ambos servicios serán organizados por los centros que lo precisen, incluyendo todo lo necesario y determinando las necesidades reales para que el alumnado, tanto el transportado como el de comedor, quede debidamente atendido. |